PUBLICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL SERMAS SOBRE PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL
Como ya os informamos el pasado día 31 de mayo con la publicación en el BOCM, hoy nos informan de la publicación de las instrucciones sobre la modificación del plan de ordenación
de recursos humanos del SERMAS sobre promoción interna temporal.
Dicha Orden entró en vigor, al día siguiente a la publicación en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Con el fin de facilitar el cumplimiento de dicha Orden, se dictan las presentes instrucciones:
INSTRUCCIONES
1. Sobre nuevas convocatorias de Bolsas de Promoción Interna y actualización de méritos
- En las nuevas convocatorias de constitución de nuevas Bolsas de Promoción Interna o actualización de la mismas, recogidas en el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de febrero de 2016 sobre Promoción Interna Temporal en el Ámbito de Atención Hospitalaria del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 12 de noviembre de 2015 sobre Promoción Interna Temporal en el Ámbito de Atención Primaria de Madrid, no se incluirá el requisito de participación “Haber prestado servicios durante al menos 2 años en la categoría de procedencia como personal estatutario fijo”.
2. Sobre actuales Convocatorias de Constitución de Bolsa de Promoción Interna.
- En las actuales convocatorias de Constitución de Bolsas de Promoción Interna, cada Gerencia, abrirá un plazo extraordinario de cinco días, para permitir que los candidatos que ahora cumplen este nuevo requisito puedan formar parte de la bolsa de Promoción Interna Temporal, baremándose los méritos hasta el 31 de diciembre de 2023.
3. Convocatorias específicas, para la cobertura de puestos singulares, a través del sistema de Promoción Interna Temporal:
- Para las convocatorias que se encuentren en plazo de presentación de solicitudes, se otorgará nuevo plazo extraordinario de cinco días debiendo ser admitidos aquellos candidatos que cumplan los nuevos requisitos para el acceso a la convocatoria.
- Para las convocatorias en que hayan finalizado el plazo de admisión de solicitudes, según los acuerdos de Movilidad Interna de 5 de febrero de 2016 y 12 de noviembre de 2015. Es decir, no se verán afectados por esta modificación.
- A efectos de facilitar la baremación, cada Gerencia elaborará un autobaremo, con los criterios recogidos en el punto 5 de los Acuerdos anteriormente mencionados.

.png)


.jpg)






Comentarios
Publicar un comentario