PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS DEFINITIVOS DE RECONOCIMIENTO Y DENEGACIÓN DE LOS NIVELES DE CARRERA PROFESIONAL DE 2023 DE LA CATEGORÍA DE PERSONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL ÁREA SANITARIA Y PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS.

Publicado hoy día 26 de junio de 2024 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y en la página web de la Comunidad de Madrid la resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, por la que se procede al reconocimiento y denegación de los niveles I, II, III y IV de carrera profesional, evaluados en el procedimiento ordinario del año 2023, relativos al personal estatutario de Formación Profesional del área sanitaria y personal de Gestión y Servicios.

Según instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, los profesionales que se han estatutarizado por resolución del 28 de mayo de 2024 publicada en BOCM del 10 de junio, tendrán el reconocimiento de nivel de Carrera Profesional en una resolución independiente que será publicada en BOCM próximamente.

PERSONAL DE FORMACION PROFESIONAL DEL ÁREA SANITARIA Y PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS

ANEXO A 

RECONOCIMIENTO DE CARRERA PROFESIONAL DE PERSONAL ESTATUTARIO 



ANEXO B 

DENEGACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE CARRERA PROFESIONAL DE PERSONAL ESTATUTARIO



RETRIBUCIONES

El Estatuto Marco establece en su artículo 43.2.e) y dentro de las retribuciones complementarias, el complemento de carrera, destinado a retribuir el nivel alcanzado en la carrera profesional cuando tal apartado del sistema de desarrollo profesional se haya implantado en la correspondiente categoría. 

En consecuencia, las cantidades que se fijan para cada uno de los niveles según la ORDEN de 18 de enero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2023 (pág.115) son las siguientes:


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace:


Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.

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