PERMISO POR RAZÓN DE MATRIMONIO DEL PERSONAL ESTATUTARIO DEL SERMAS


El Personal estatutario de SERMAS, tienen derecho a 15 días naturales de permiso retribuido en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho. Este permiso comienza a contar desde el mismo día del echo generador del permiso (boda o registro).

Duración

Quince días naturales.

Disfrute

De forma ininterrumpida (no se puede fraccionar), incluyendo el día del hecho generador.

Efectos retributivos

Permiso con derecho a retribución.

Acumulación

Posibilidad de acumulación a vacaciones o a cualquier otro permiso, previa solicitud y condicionado a las necesidades del servicio debidamente motivadas.

Otras cuestiones

A los efectos de este permiso, tienen la misma consideración la pareja de hecho, inscrita en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid o en cualquier otro Registro Público establecido al efecto.

Conceptos clave

  • Días naturales: Todos los días del calendario, incluyendo fines de semana y festivos.
  • Días laborables: Solo los días en los que se trabaja (de lunes a viernes, excluyendo festivos y domingos).
  • Días hábiles: Son diferentes a los laborales y son de lunes a viernes.
  • Días inhábiles: Los fines de semana y festivos.


ENLACES DE INTERES:


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Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.

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