ACLARACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES LABORALES DEL SERMAS AL NUEVO REAL DECRETO-LEY 9/2025, POR EL QUE SE AMPLÍAN LOS PERMISOS DE NACIMIENTO Y CUIDADO

ACLARACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES LABORALES DEL SERMAS AL NUEVO REAL DECRETO-LEY 9/2025, POR EL QUE SE AMPLIAN LOS PERMISOS DE NACIMIENTO Y CUIDADO
AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR
Por un lado, la semana 17 se podrá disfrutar cuando el hecho causante haya tenido lugar a partir del 31/07/2025, hasta que el menor cumpla los 12 meses de edad. Es decir, se añade una semana más a las 16 de la regulación anterior.
- Para aquellos hechos causantes ocurridos desde el 31/07/2025, el permiso se puede disfrutar desde dicha fecha.
- Para aquellos hechos causantes ocurridos desde el 02/08/2024, al 30/07/2025, el permiso se podrá solicitar a partir del 01/01/2026.
AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR EN FAMILIAS MONOPARENTALES
En los supuestos de monoparentalidad, el permiso por nacimiento para la madre biológica; el permiso por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente; y el Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija; pasa a tener una duración de 32 semanas, ampliándose en 6 semanas respecto a las 26 semanas de la regulación anterior.
Por un lado, las semanas 27 y 28 se podrán disfrutar cuando el hecho causante haya tenido lugar a partir del 31/07/2025, hasta que el menor cumpla los 12 meses de edad. Es decir, se añaden dos semanas más a las 26 de la regulación anterior.
Por su parte, las otras cuatro semanas retribuidas, se podrán solicitar, hasta que el menor cumpla los 8 años de edad:
- Para aquellos hechos causantes ocurridos desde el 31/07/2025, el permiso se puede disfrutar desde dicha fecha.
- Para aquellos hechos causantes ocurridos desde el 02/08/2024, al 30/07/2025, el permiso se podrá solicitar a partir del 01/01/2026.
- En los permisos por hechos causantes producidos con anterioridad a la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley 9/2025, es decir, los ocurridos entre el 02/08/2024 y el 30/07/2025, únicamente podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
- En los permisos por hechos causantes producidos con posterioridad a la entrada en vigor del RDL, 31/07/2025, pueden solicitarse desde dicha fecha.




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