PUBLICACIÓN DEL NUEVO PLAZO PARA EL ACCESO EXTRAORDINARIO AL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN MEDICINA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS
Publicado el día 24 de febrero de 2026 en la pagina web de la Comunidad de Madrid, el aviso de la apertura del nuevo plazo para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias.
Como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, STS 552/2025, de 12 de mayo, por la que se insta al Ministerio de Sanidad a reacomodar la aplicación del contenido procedimental a fin de incluir a todos los médicos generalistas que reúnan las condiciones exigidas y no impugnadas para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias,el Ministerio de Sanidad procederá a una nueva apertura de plazo, que será objeto de publicación mediante resolución del Director General de Ordenación Profesional.
En la Comunidad de Madrid, el certificado de ejercicio profesional ya se puede solicitar, adjuntando la propuesta de certificado del centro de la Comunidad de Madrid, a través del SEGUNDO TRÁMITE
IMPORTANTE:
El tiempo necesario para emitir el certificado autonómico es un mínimo de cuatro días hábiles, que puede variar según el volumen de solicitudes. Se debe hacer la solicitud con suficiente antelación y previsión.
Si se detectan errores que obliguen a hacer un requerimiento a la persona interesada, los plazos pueden dilatarse.
Para la acreditación de ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias (Real Decreto 610/2024, Orden 1409/2024) en centros ubicados en la Comunidad de Madrid sigue estas instrucciones:
REQUISITOS:
- Estar en posesión de un título de especialista en medicina
- Experiencia profesional en:
- Centros Sanitarios de la Comunidad de Madrid del tipo C.1.1 unidad asistencial U.68.
- Centros Sanitarios C.2.5.7 unidad asistencial U.100.
- Para el acceso directo: Acreditar 4 años de SSPP en urgencias:
- Jornada ordinaria desde el 3 de julio de 2017
- Jornada a tiempo parcial: desde el 3 de julio de 2014
Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia relacionada con tus derechos laborales, puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.



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