FECHAS CLAVE PARA LA CAMPAÑA DE LA RENTA 2025


Este mes de abril empieza la campaña de RENTA 2025, a continuación te recordamos las fechas clave para confeccionar tu declaración:

  • 8 de abril: Inicio presentación Renta WEB por Internet.
  • 29 de abril: Inicio solicitud de cita para atención telefónica.

  • 6 de mayo: Inicio presentación Renta WEB atención telefónica.
  • 29 de mayo: Inicio solicitud de cita para atención presencial.

  • 1 de junio: Inicio presentación Renta WEB atención presencial (oficinas).
  • 25 de junio: Fecha límite domiciliación Renta a ingresar.
  • 29 de junio: Fin solicitud de cita.
  • 30 de junio: Fin de campaña.


Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente Cita del 29 de abril al 29 de junio, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono:

  • 91 535 73 26 (cita previa con atención automática 24 horas)
  • 901 12 12 24 (cita previa con atención automática 24 horas)
  • 91 553 00 71 (cita previa con atención personal de L-V 9 a 19 h)
  • 901 22 33 44 (cita previa con atención personal de L-V 9 a 19 h)

Cita disponible:

  • Desde el 06 de mayo al 29 de junio para confeccionarte por TELEFONO tu declaración de Renta 2025.
  • Desde el 1 de junio al 30 de junio para confeccionarte en OFICINA tu declaración de Renta 2025.
Los servicios de cita estarán disponibles para contribuyentes:
  • Con pensiones y otras rentas del trabajo hasta 80.000 € o rentas del capital mobiliario hasta 20.000 €.
  • Con alquileres (hasta 2 inmuebles o 2 contratos).
  • Con actividades económicas en estimación objetiva.
  • Con hasta 2 transmisiones de bienes.

Si tienes dudas accede al Asistente virtual de Renta, donde podrás formular tus propias preguntas, que se responderán de forma personalizada las dudas más habituales de Campaña de Renta a través del enlace pulsando en la siguiente imagen:

AVISO IMPORTANTE:

Para los trabajadores que han cambiado de centro de trabajo (dentro del SERMAS) como resultado de las oposiciones o traslados, os informamos que los rendimientos del trabajo obtenidos por contratos en diferentes centros pertenecientes al SERMAS, a efectos de la realización de la declaración de la renta, se consideran como retribuidos por un único pagador. Aunque tengan diferente NIF. Por lo que el límite determinante de la obligación de declarar por la obtención de rendimientos del trabajo será de 22.000 euros anuales.

Para la declaración de la renta 2025: 

  • Un solo pagador: el límite general para no declarar es de 22.000 € anuales

  • Varios pagadores: el límite baja a 15.000 € anuales (siempre que el segundo y siguientes pagadores sumen más de 1.500 € en total)

Enlace a la pagina web con la normativa de la agencia tributaria con la Delimitación de la obligación de declarar en el IRPF:


Enlaces de Interés:


Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia relacionada con tus derechos laborales, puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.

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