El sindicato valora positivamente esta medida, a la espera de poder analizar el texto definitivo una vez se publique en su integridad. De este modo, la persona que acceda al puesto para relevar al trabajador o trabajadora que se jubile podrá ser contratada con carácter temporal, con la obligación de que la Administración convoque esa plaza en la primera Oferta de Empleo Público que apruebe. La plaza mantendrá su carácter fijo, evitando así la pérdida de empleo público o su precarización.
Esto permitirá a las administraciones cubrir las vacantes con mayor agilidad, tal y como ocurría antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2024.
UGT Servicios Públicos confía en que el Parlamento convalidará esta medida, permitiendo con su aprobación que el personal laboral de las administraciones públicas pueda ejercer un derecho reconocido para el conjunto de los laborales de este país, poniendo fin a una situación de desigualdad.
PERSONAL FUNCIONARIO
El sindicato recuerda que aún queda pendiente garantizar el acceso a la jubilación parcial del personal funcionario. Esta medida, incluida en el anteproyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado, continúa pendiente de su aprobación por el Congreso de los Diputados. UGT Servicios Públicos seguirá presionando para que este derecho pueda hacerse efectivo a la mayor brevedad posible.
PERSONAL ESTATUTARIO
ENLACES:
Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia relacionada con tus derechos laborales, puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.

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