PUBLICACIÓN EN EL BOE DE LAS BASES PARA LA CREACIÓN DE LOS DIPLOMAS DE ACREDITACIÓN PARA TUTORIZACIÓN DE PROFESIONALES EN FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA


Madrid, a 3 de agosto, de 2026

El Ministerio de Sanidad publicó en el BOE, el pasado sábado 1 de agosto, la Orden SND/810/2026, de 22 de julio, por la que se publican las bases para la creación de los Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Tutorización de Profesionales en Formación Sanitaria Especializada, que entró en vigor el 2 de agosto de 2026. 

Los aspectos más relevantes se resumen a continuación:

FINALIDAD

La norma publica el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que establece las bases para crear un nuevo Diploma de Acreditación (DAT) destinado a reconocer las competencias de los/as profesionales que ejercen funciones de tutoría de especialistas en formación sanitaria (MIR, EIR, FIR, PIR, BIR, etc.).

No regula directamente el procedimiento para solicitar el diploma.

Surge ante la premisa de considerar que:

  • La calidad de la formación sanitaria especializada depende en gran medida de la calidad de sus tutores.
  • Existe una gran variabilidad entre Comunidades Autónomas en la formación docente de los tutores.
  • Resulta necesario disponer de un reconocimiento común y homogéneo de sus competencias.

OBJETIVO

Aprobar la creación del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Tutorización de Profesionales en Formación Sanitaria Especializada (DAT).

La creación del DAT persigue:

  • Profesionalizar la función tutorial.
  • Mejorar la calidad docente de la Formación Sanitaria Especializada.
  • Homogeneizar criterios entre Comunidades Autónomas.
  • Impulsar la Formación Continuada de los tutores.
  • Favorecer itinerarios formativos específicos para quienes desarrollan actividad docente.
  • Reconocer oficialmente la experiencia tutorial.

ASPECTO MÁS IMPORTANTE: EL DIPLOMA NO ES OBLIGATORIO

Su finalidad es exclusivamente la de reconocer competencias y experiencia profesional. Las Comunidades Autónomas continúan siendo competentes para acreditar y nombrar tutores conforme al Real Decreto 183/2008.

La Orden deja expresamente claro que el Diploma:

  • No es un requisito para ser tutor
  • No habilita para ejercer como tutor
  • No sustituye los sistemas autonómicos de acreditación
  • No modifica los procedimientos de nombramiento o reacreditación existentes

QUIÉN PUEDE OBTENER EL DAT

Todos los Profesionales Sanitarios/as con Título de Especialista en Ciencias de la Salud, cualquiera que sea su profesión sanitaria, siempre que dicha profesión tenga especialidad oficialmente reconocida.

COMPETENCIAS QUE RECONOCE EL DIPLOMA

El documento estructura el perfil del tutor/a en cuatro grandes dominios competenciales.

1. Competencia docente

  • Es la parte más importante del diploma.
  • Incluye competencias para planificar, desarrollar, supervisar y evaluar los procesos de aprendizaje del especialista en formación.
  • Contempla la adaptación del programa formativo. Si bien la planificación del programa de la especialidad viene definida desde las Comisiones Nacionales de cada especialidad, los tutores/as tendrán que realizar un ejercicio de planificación para adaptar y concretar este programa en cada Unidad Docente y a cada especialista en formación.
  • El tutor/a deja de ser únicamente un experto clínico para convertirse en un auténtico facilitador/a del aprendizaje.

2. Competencia ética y profesional

La Orden concede una importancia destacada al bienestar del residente y al trato respetuoso durante el proceso formativo.

Incluye: 

  • Profesionalismo.
  • Ejemplaridad.
  • Responsabilidad.
  • Bioética.
  • Equidad.
  • Perspectiva de género.
  • Diversidad cultural y lingüística.
  • Acompañamiento emocional.
  • Resolución de conflictos éticos.

3. Competencia clínico-asistencial

El tutor/a debe actuar como modelo profesional para el residente.

El tutor/a debe mantener: 

  • Competencia clínica actualizada
  • Práctica basada en la evidencia
  • Seguridad del paciente
  • Liderazgo clínico
  • Comunicación con pacientes
  • Supervisión progresiva del residente
  • Uso racional de recursos
  • Telemedicina.

4. Competencia investigadora y mejora continua

Se pretende fomentar que el tutor/a participe activamente en proyectos de mejora asistencial y docente.

Incluye:

  • Investigación
  • Lectura crítica
  • Mejora de calidad
  • Metodología científica
  • Innovación docente
  • Actualización permanente.

REQUISITOS PARA OBTENER EL DIPLOMA

Se exigen dos requisitos acumulativos.

A)Experiencia

Debe acreditarse:
  • Al menos dos años como tutor/a de Formación Sanitaria Especializada, dentro de los últimos diez años.
  • Evaluación positiva del desempeño profesional, en unidades docentes acreditadas.
  • La certificación deberá emitirla la institución sanitaria correspondiente.

B) Formación acreditada

  • Deberá demostrarse formación específica realizada durante los últimos cinco años, acreditada por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias o por sistemas acreditadores reconocidos por dicha Comisión.
  • La formación deberá cubrir todas las competencias definidas en el diploma.
  • No se valorará la realización de la misma actividad formativa en diferentes fechas en el mismo periodo objeto de acreditación.
  • Los créditos mínimos requeridos en cada área competencial deberán distribuirse en más de una tipología de curso.
  • Créditos mínimos exigidos. La distribución de la formación queda fijada de forma muy concreta:

Área competencial

Peso

Créditos mínimos CFC

Competencia docente

40 %

12 créditos CFC

Competencia ética y profesional

25 %

7,5 créditos CFC

Competencia clínico-asistencial

20 %

6 créditos CFC

Competencia investigadora

15 %

4,5 créditos CFC

 

TOTAL

100 %

 30 créditos CFC

VIGENCIA DEL DIPLOMA

El DAT tendrá una duración de 5 años.

RENOVACIÓN

La solicitud para la renovación de un Diploma de Acreditación, habrá de presentarse dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha final de vigencia del diploma.

Requisitos:

  • Acreditar nuevamente dos años de actividad tutorial durante los cinco años previos.
  • Realizar el 50 % de la formación inicialmente exigida.

Los créditos mínimos serán:

Área

Créditos CFC

Docencia

6

Ética

3,75

Clínica

3

Investigación

2,25

Total

15

No se valorará la realización de la misma actividad formativa en diferentes fechas en el mismo periodo objeto de acreditación.

Los créditos mínimos requeridos en cada área competencial deberán distribuirse en más de una tipología de curso.

ASPECTOS NOVEDOSOS

Entre los elementos más innovadores destacan:

  • Reconocimiento oficial estatal de la función tutorial
  • Incorporación de competencias docentes basadas en evidencia científica
  • Inclusión expresa de inteligencia artificial y competencias digitales
  • Importancia del bienestar emocional del residente
  • Integración de perspectiva de género y diversidad cultural
  • Énfasis en seguridad del paciente
  • Homogeneización de estándares formativos entre Comunidades Autónomas.

IMPACTO PRÁCTICO

No cambia el sistema de nombramiento de tutores, que sigue dependiendo de cada Comunidad Autónoma.

No convierte el diploma en un requisito obligatorio para ejercer la tutoría.

Para los tutores actuales, la Orden supone:

  • Reconocimiento oficial adicional de su actividad docente
  • Posible mejora del currículum profesional
  • Incentivo para mantener formación continuada específica
  • Marco común de competencias aplicable en todo el Sistema Nacional de Salud

CONCLUSIÓN

La Orden SND/810/2026 representa un paso importante hacia la profesionalización de la tutoría en la Formación Sanitaria Especializada. Aunque el Diploma de Acreditación tiene carácter voluntario y no modifica las competencias de las Comunidades Autónomas, establece por primera vez un marco estatal homogéneo de competencias, experiencia y formación para reconocer a los tutores de residentes. Con ello se busca mejorar la calidad docente, reducir la variabilidad existente entre territorios y reforzar el desarrollo profesional continuo de quienes desempeñan una función esencial en la formación de los futuros especialistas del Sistema Nacional de Salud.

ENLACES




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