SUBIDA SALARIAL DEL 4,5% EN EL AÑO 2027 PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS SEGÚN EL ACUERDO MARCO POR LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO Y EL SERVICIO A LA CIUDADANÍA


Como ya os informamos el pasado 9 de febrero de 2026 con la publicación en el BOE de la resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo Marco por la mejora del empleo público y el servicio a la ciudadanía, os recordamos los puntos clave del acuerdo: 

RETRIBUCIONES

El Gobierno de España se compromete con las organizaciones sindicales firmantes a alcanzar una mejora en las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones públicas y de su sector público institucional con un horizonte temporal hasta 2028, que se articulará a través de incrementos fijos a lo largo de los ejercicios de referencia: 2,5 % en 2025, 2 % en 2026, 4,5 % en 2027 y 2 % en 2028.

El Gobierno de España se compromete promover las normas para poder hacer efectivo en diciembre de 2025 el abono del incremento correspondiente a 2025 de 2,5 puntos porcentuales sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024, incluido el incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 %, con carácter consolidable y efectos de 1 de enero de 2025.

En 2026 el incremento salarial será del 2 % sobre la base de las retribuciones incrementadas en 2025. Este incremento, de carácter consolidable, se abonará en dos momentos: el 1,5 % fijo se abonará en el año 2026, y el 0,5 % restante se abonará en el primer trimestre de 2027, si la variación interanual del IPC de 2026 es igual o superior al 1,5 %.

Para el año 2027, el incremento salarial fijo será del 4,5 % sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en 2026. Este incremento, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2027 y se abonará en 2027.

Para el año 2028, el incremento salarial fijo será del 2 % sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en 2027. Este incremento, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2028 y se abonará en 2028.

Los incrementos establecidos no podrán, en ningún caso, ser compensados ni absorbidos.

Resto de puntos clave del acuerdo

  • Fin de la tasa de reposición: Elimina la limitación clásica de la tasa de reposición de efectivos para facilitar la cobertura de plazas vacantes.
  • Procesos selectivos: Agiliza y mejora los sistemas de acceso a la función pública y establece nuevas modalidades de promoción interna.
  • Atención a la ciudadanía: Incrementa el número de plazas específicas para reforzar la atención directa en las Ofertas de Empleo Público (OPE).
  • Complementos e indemnizaciones: Contempla la revisión al alza de los complementos de residencia e insularidad, así como las indemnizaciones por razón de servicio.

ENLACES


Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia relacionada con tus derechos laborales, puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.

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