NUEVO RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS PARA EL PERSONAL ESTATUTARIO QUE HAN PRESTADO SERVICIOS EN LOS SIGUIENTES CENTROS Y FUNDACIONES VINCULADOS AL SERMAS
Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz
En el Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz, y otros centros acreditados para realizar la residencia, durante el periodo de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud (MIR, PIR, EIR, etc), ya que dichos centros se encuentran habilitados para impartir las enseñanzas propias de cada especialidad, según el programa formativo, al que se ha tenido acceso mediante u sistema selectivo competitivo a nivel nacional.
Hospital Universitario Infanta Elena
Hospital Universitario Rey Juan Carlos
Hospital Universitario de Torrejón
Hospital General de Villalba
Laboratorio Central
La Lavandería Central Hospitalaria
En los Centros, organizaciones y empresas públicas vinculadas al Servicio Madrileño de Salud y que se relacionan en la Disposición Adicional Segunda, apartado 2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud: Hospital Universitario Infanta Elena, Hospital Universitario Rey Juan Carlos, Hospital Universitario de Torrejón, Hospital General de Villalba, Laboratorio Central y La Lavandería Central Hospitalaria.
Fundaciones de investigacion Biomedicas de los Hospitales Publicos
En las Fundaciones recogidas en la Disposición Adicional Tercera del citado Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
SOLICITUD
El personal estatutario interesado en solicitar el reconocimiento de los servicios prestados en los periodos realizados en estos centros, deberán iniciar el procedimiento mediante solicitud, dirigida a la Gerencia del Centro en el que el interesado preste servicios actualmente.
Junto con su solicitud, deberán acompañar necesariamente la documentación acreditativa de los servicios prestados en los centros cuyo reconocimiento solicita y los efectos económicos del reconocimiento de trienios a instancia de parte (atrasos) de estos nuevos trienios se extenderán, conforme a la normativa de aplicación que en cada caso proceda:
- Personal estatutario fijo (Disposición Adicional Tercera del R.D. 1181/1989, de 29 de septiembre)
- Personal temporal (artículo 42 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid).
Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia relacionada con tus derechos laborales, puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.

.png)



.jpg)




Comentarios
Publicar un comentario