NOMBRAMIENTO DE PERSONAL ESTATUTARIO FIJO EN PROCEDIMIENTO COMPLEMENTARIO DE MÉDICO DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS DEL SUMMA 112 (OPE 2019)

 

Publicado hoy día 23 de abril de 2023 en el BOCM la Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declaran superadas las pruebas selectivas por el turno libre y por el cupo de discapacidad para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por procedimiento complementario de la categoría de Médico en Urgencias y Emergencias del SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud pdf

Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la Unidad de Personal de la Gerencia de Atención Primaria, quedando condicionada a la obtención del preceptivo certificado de capacidad funcional favorable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente, en el caso de que no haya sido emitido dentro del plazo fijado para la toma de posesión.

Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiese adjudicado en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el concurso oposición, salvo que se deba a causa justificada, así apreciada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de la Salud. 

Declarar la pérdida de derechos derivada de su participación en estas pruebas selectivas, por no solicitar plaza en la fecha, y conforme al procedimiento establecido, a los aspirantes que se relacionan en el Anexo II. Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Gestión Económica en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace: 


Si tienes cualquier duda o incidencia puedes contactar con tu delegado sindical de UGT de tu centro de trabajo en:


Para mas información contacta con nosotros o síguenos en redes sociales:

Comentarios