MESA SECTORIAL DE SANIDAD EXTRAORDINARIA
18 DE OCTUBRE DE 2024
1.- Modificación de las instrucciones de jornada de la dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de 27 de diciembre de 2013, en relación con el cumplimiento de jornada del personal que realiza guardias o módulos de mayores de 55 años.
El Director explica el objeto de la reunión y hace entrega de los textos de ambas instrucciones de los puntos 1 y 2 de la reunión para su lectura.
Sobre el punto 1 se recuerda que fue tratado en marzo del 2023 a lo que UGT alego en su momento la necesidad imperiosa de la vuelta a la jornada de las 35 horas.
La nueva instrucción de cumplimiento de jornada solo modifica el cumplimiento para el personal facultativo que hace guardias y los mayores de 55 años. Se posibilita que voluntariamente el profesional opte por seguir como hasta ahora con el descuento, considerando el cumplimiento a costa de las horas de guardia, o completar jornada en módulos en jornada distinta a la ordinaria.
Se pide a las OOSS observaciones a los textos antes de su publicación.
Para UGT sigue siendo prioritaria la recuperación de la jornada de 35 horas para todos los profesionales. Se solicita aclaración sobre en caso de discrepancia entre profesionales y jefes y dirección.
El director aclara que siempre se ha de respetar la voluntariedad y se dejará constancia por aquellos profesionales que quieran acogerse a la nueva modalidad.
UGT hace hincapié en que esto no es un incremento salarial sino en todo caso un incremento de jornada. Solicitamos se vigile la repercusión en el personal interno residente. ¿Cómo se va a realizar el cumplimiento de los módulos? Debería ser con una instrucción concreta para todos los centros igual.
El Director aclara que la planificación le corresponde al centro en función de sus características.
UGT insiste en que todos los trabajadores han de ser tratados del mismo modo y cualquier incumplimiento o agravio entre profesionales será denunciado.
”La modificación anunciada sería en los términos:
1. Profesionales que prestan servicios en hospitales:
a) Personal en turno diurno: Los profesionales que prestan servicios en turno diurno completarán la jornada ordinaria en el orden de prelación que figura a continuación:
1.º Personal que realiza guardias: A efectos del cómputo de la jornada anual, el personal que realice guardias podrá optar por completar la jornada ordinaria de lunes a viernes con cargo a las horas de guardia que tenga programadas, o por realizarlo en jornadas en turno diferente al asignado (cuatro jornadas de 2,5 horas, o dos jornadas de 5 horas) u otra actividad en turno diferente al asignado, a determinar por el jefe de servicio para completar la jornada de 37,5 horas semanales, conforme a la planificación que se recoge en esta resolución.
2.º Personal facultativo mayor de cincuenta y
cinco años con exención de guardias podrá optar por completar dicha jornada con
el computo de las horas que realicen como módulos de atención continuada de
tarde, o realizarlo en jornadas en turno diferente al asignado (cuatro jornadas
de 2,5 horas, o dos jornadas de 5 horas) u otra actividad en turno diferente al
asignado, a determinar por el jefe de servicio para completar la jornada de
37,5 horas semanales, conforme a la planificación que se recoge en esta
resolución.”
2.- Permiso parental.
Se han recibido alegaciones al texto presentado anteriormente en la Mesa y se han aceptado la reducción de plazos en su tramitación. La intención es que sea de aplicación en la próxima semana.
UGT insiste en las alegaciones planteadas en que sea retribuido, extendido a los trabajadores incluyendo laborales y todos los centros del SERMAS, en la reducción de los plazos de tramitación sobre todo el de concesión y disfrute a jornada parcial. Exigimos que la denegación este suficientemente motivada. El permiso debe ser acumulable a cualquier otro permiso.
OTRAS CONSULTAS
- El examen de la OPE de diciembre de 2021 de FEAS será con toda probabilidad el día 1 de diciembre.
- Los llamamientos pendientes de segundas vueltas se publicaran en breve
- Se aclara que los baremos de las oposiciones están publicados y no pueden ser alterados. Son los tribunales soberanos en la interpretación dentro de esas bases.
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