ABRIL:
- 2 de abril: Inicio presentación Renta WEB por Internet.
- 29 de abril: Inicio solicitud de cita para atención telefónica.
MAYO:
- 6 de mayo: Inicio presentación Renta WEB atención telefónica.
- 29 de mayo: Inicio solicitud de cita para atención presencial.
JUNIO:
- 2 de junio: Inicio presentación Renta WEB atención presencial (oficinas).
- 25 de junio: Fecha límite domiciliación Renta a ingresar.
- 27 de junio: Fin solicitud de cita.
- 30 de junio: Fin de campaña.
- 91 535 73 26 (cita previa con atención automática 24 horas)
- 901 12 12 24 (cita previa con atención automática 24 horas)
- 91 553 00 71 (cita previa con atención personal de L-V 9 a 19 h)
- 901 22 33 44 (cita previa con atención personal de L-V 9 a 19 h)
- Desde el 29 de mayo al 27 de junio para confeccionarte por TELEFONO tu declaración de Renta 2023.
- Desde el 2 de junio al 30 de junio para confeccionarte en OFICINA tu declaración de Renta 2023.
- Con pensiones y otras rentas del trabajo hasta 80.000 € o rentas del capital mobiliario hasta 20.000 €.
- Con alquileres (hasta 2 inmuebles o 2 contratos).
- Con actividades económicas en estimación objetiva.
- Con hasta 2 transmisiones de bienes.
AVISO IMPORTANTE:
Para los trabajadores que han cambiado de centro de trabajo (dentro del SERMAS) como resultado de las oposiciones o traslados, os informamos que los rendimientos del trabajo obtenidos por contratos en diferentes centros pertenecientes al SERMAS, a efectos de la realización de la declaración de la renta, se consideran como retribuidos por un único pagador. Aunque tengan diferente NIF.
"La regulación de la obligación de declarar se recoge en el artículo 96 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29), que en el ámbito que aquí interesa —referido únicamente a los rendimientos del trabajo y a la existencia de más de un pagador— exime de la obligación de declarar a los contribuyentes cuyos rendimientos no excedan de 22.000 euros anuales, salvo que procedan de más de un pagador, en cuyo caso el límite anterior será de 14.000 euros siempre que las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales, si no se supera esta cantidad el límite se mantiene en los 22.000 euros."
Por lo que el límite determinante de la obligación de declarar por la obtención de rendimientos del trabajo será de 22.000 euros anuales.
- Cuota básica: 15 € (Mes)
- Cuota reducida: 10,50 € (Mes)
- Cuota jubilados: 7,50 € (Mes)
- Cuota especial jubilados y parados sin ingresos: 4,50 € (Mes)
- Ejemplo: Un trabajador en activo que ha pagado los 12 meses la cuota básica del año 2024 se desgrava en la declaración de la renta 180€.
15 € x 12 meses = 180€ al año
Recuerda que por ser afiliado o afiliada de UGT Servicios Públicos de Madrid, Te hacemos la declaración de la renta anual de forma gratuita. Esta es una de las muchas ventajas y servicios que están disponibles en la guía de servicios del afiliado a UGT servicios públicos de Madrid. (Enlace a la GUIA de Servicios)
La realización de la renta a los afiliados se hará mediante cita previa durante los plazos asignados cada año para su realización.
Se va a llevar a cabo la realización de la Declaración de la Renta a partir del próximo 7 de abril hasta el 27 de junio, de manera telefónica.
- SOLICITUD DE CITA PREVIA (A partir del 1 de abril) llamando los de Lunes a Viernes de 10:00h a 14:00h a los teléfonos:
- 635 199 183 (para citas en horario de mañana o de tarde)
- 657 990 564 (para citas en horario de tarde)
- REALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN: En atención telefónica cuando haya sido citado.
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