PUBLICACIÓN EN EL BOCM DEL ACUERDO DE MESA SECTORIAL CON LA MODIFICACIÓN RETRIBUTIVA EN LOS CONCEPTOS DE GUARDIA Y ATENCIÓN CONTINUADA DEL PERSONAL ESTATUTARIO DEL SERMAS
Publicado el dia 30 de julio de 2026 en el boletin oficial de la comunidad de madrid (BOCM), el acuerdo de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 26 de junio de 2026, sobre determinados aspectos retributivos del personal estatutario de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
Como ya os informamos en la pasada mesa sectorial del 26 de junio de 2026, sobre el texto del acuerdo sobre determinados aspectos retributivos del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, que ha sido previamente negociado por las partes legitimadas al efecto, tiene como finalidad la modificación del concepto de Atención continuada y Jornada complementaria de guardias del personal estatutario de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
Esta modificación se fundamenta en la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, en la que se ha consignado una cuantía de masa salarial para la mejora de las retribuciones asociadas a la actividad continuada y permanente de los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud.
Por ello se aprueba formalmente el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 26 de junio de 2026, sobre determinados aspectos retributivos del personal estatutario de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, que figura como Anexo al presente Acuerdo.
ANEXO I
IMPORTE TOTAL resultante por concepto, ejercicio 2026
- 1.1 Complementos de Atención Continuada de aplicación a jornada complementaria:
- 1.2 Complementos de Atención Continuada dentro de la jornada ordinaria, de aplicación en el ámbito de Atención Hospitalaria, Atención Primaria y SUMMA 112, valor por cada jornada (modificación de los apartados 3.4.a Modalidad A turno rotatorio; 3.4.b turno fijo nocturno, noches festivas; 3.4.c Modalidad B turnos diurnos y rotatorios; 3.5 Modalidad A noches y festivos; 3.6.b; 3.7.a) establecidos en la Orden de 3 de febrero de 2 026 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la gestión de la nóminas de personal de la Comunidad de Madrid para 2026
IMPORTANTE:
Se entenderá por noche festiva la que coincida con domingo o festivo saliente. Por festivo, se entiende la jornada de domingos o festivos.
ANEXO II
IMPORTE TOTAL resultante por concepto, ejercicio 2027
- Se incluye en el presente acuerdo el pago, para el ejercicio 2027, de un nuevo complemento de atención continuada por la prestación de servicios en sábados dentro de la jornada ordinaria, en horario de mañana o tarde, a percibir por el personal que realiza turno rotatorio o diurno. El valor por cada jornada y subgrupo profesional será el siguiente:
- Los nuevos importes serán de aplicación con efectos en el mes de su aprobación por el Consejo de Gobierno para el ejercicio 2026 y con pago a mes vencido.
- Los cambios previstos para 2027 serán de aplicación a la atención continuada realizada a partir del 1 de enero, sin perjuicio de las actualizaciones salariales que procedan.
- Los conceptos de guardia afectados por el presente acuerdo, que presenten en la orden de nóminas la posibilidad de localización, se verán incrementados en la misma proporción que los conceptos de presencia física.
- En relación con los módulos de mayores de 55 años de aplicación a personal facultativo especialista de atención hospitalaria, se fija un importe de 299,88 € por cada módulo de 4 horas, o fracción equivalente.
ENLACES:
Recuerda: Si tienes cualquier duda o incidencia relacionada con tus derechos laborales, puedes contactar con el delegado o delegada sindical de UGT de tu centro de trabajo a través del siguiente enlace.




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